Perú, atlas sordo

Alejandro Oviedo
Por Alejandro Oviedo,

Berlín, 2015.

Sección: Atlas

 

Perú, contenidos

Información básica

Lengua de señas

Cronología

Educación

Accesibilidad

Literatura

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Fuentes

Acerca de este artículo

Información básica

Lengua de señas nacional: Lengua de Señas Peruana, también llamada Lenguaje de Señas Peruanas (LSP).

Número de usuarios de la LSP : Información no disponible.

¿Hay descripciones de la LSP? Hay algunos estudios, desde 1996.

¿Se reconoce oficialmente la LSP? Sí, desde 2010.

¿Hay escuelas de sordos en el país? Sí, alrededor de 50.

¿Se imparte educación bilingüe en las escuelas de sordos? Información no disponible.

¿Existen asociaciones de sordos? Sí, alrededor de 6.

¿Hay intérpretes certificados? Sí.

¿Se han firmado y ratificado la Convención de la ONU y su Protocolo? Sí.

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Lengua de señas

La lengua de señas nacional viene siendo designada, en la literatura especializada, con los nombres Lenguaje de Señas Peruanas, Lengua de Señas Peruanas y Lengua de Señas Peruana (LSP). Este último nombre es el más frecuente en las publicaciones recientes. La Ley 29535 (República del Perú, 2010), que reconoce la LSP, opta también por él. El artículo 3 de esta ley establece que el Estado debe apoyar estudios sobre la LSP y su uso.

Número de usuarios de LSP: Según el Censo 2007, se registraron 81.396 hogares en los que se encontraban personas con discapacidad auditiva y 66.117 hogares en los cuales había personas con dificultades para hablar (INEI 2007). Las tablas ofrecidas no discriminan entre el número de hogares censados y el número de personas a las que se atribuye una determinada discapacidad. No conocemos cifras concretas sobre el número de usuarios de LSP.

Estudios sobre la LSP: El año 1996 publica el Ministerio de Educación un manual sobre la lengua de señas del país (Min. Educación 1996). A este sigue un segundo tomo en 1997 (Min. Educación 1996). El año 2002 aparecen dos estudios de Irene S. García Benavides, en los que se aborda la existencia de la LSP desde un punto de vista lingüístico. La autora argumenta a favor de considerar la LSP como una lengua natural, para lo cual describe la estructura interna de algunas señas de la LSP y ofrece ejemplos del funcionamiento de su sintaxis (ver García Benavides 2002c). Sabemos de la reciente publicación (junio 2013) de los resultados prelimiinares del Estudio sociolingüístico de la Lengua de Señas Peruana, un proyecto auspiciado por el Ministerio de Educación del Pérú (ver noticia en la página de Facebook del Ministerio de Educación del Perú. Buscar allí al mes de junio 2013). Estos resultados no han sido todavía difundidos.

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Cronología

Página de la obra de Huamán Poma de Ayala

Culturas prehispánicas: según señalan algunos trabajos publicados en la red, el derecho entre los incas establecía que las personas sordas y/o mudas estaban en obligatoriedad de tributar y no estaban por tanto exentas del trabajo (ver, por ejemplo, Menacho Chiok).Así tambiénHuamán Poma de Ayala, en su „Nueva corónica y buen gobierno“ (1615), hace variadas referencias a la vida de personas sordas o mudas durante el imperio inca. Según relata el cronista, todas las personas con discapacidad, en tanto pudieran trabajar o servir, recibían labores, así como propiedades para que pudieran vivir dignamente. Nadie recibía limosnas por su condición. A todos se les permitía asimismo casarse entre sí y tener descendencia: Éstos cada uno les casaua con su ygual para multiplicar y seruían en todo lo que pudían, Y éstos tenía sus sementeras, casas, eredades y ayuda de su seruicio y ancí no auía menester hospital ni limosna (Poma de Ayala, 1615, folio 201. Ilustración de la izquierda, folio 195. Cortesía de la Real Biblioteca Real de Dinamarca)

1958: se funda la Asociación de Sordos del Pe.

1999: Se aprueba la Ley 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad,

2010: Entra en vigor la Ley 29535, que reconoce oficialmente la LSP.

2012: Se publica la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, que deroga la Ley 27050 de 1999.

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Movimiento asociativo

En 1994 se publica en las actas del Deaf Way (el recordado congreso mundial de 1989) un trabajo de Alberto Paliza Farfán, un líder sordo peruano. El artículo (Paliza Farfán 1994, traducido al español en Paliza Farfán 2001), hace una extraordinaria descripción del estado del movimiento asociativo sordo de finales de la década de 1980: existía en las personas sordas señantes del Perú una extraordinaria conciencia acerca de sus derechos, de su existencia como colectivo y de sus expectativas. Sin embargo, esta conciencia se ahogaba en un entorno social incapaz de percibir esas demandas. En los años siguientes, según se desprende de las leyes aprobadas en las dos décadas siguientes, la situación de esta comunidad parece haber mejorado sustancialmente.

El país es miembro ordinario de la Federación Mundial de Sordos, ante la cual es representado por la Asociación de Sordos del Perú (ver WFD, List of Members).

Según el informe de la Federación Mundial de Sordos (WFD&SNAD 2008:17 y 51), el gobierno de Perú reconoce a las personas sordas como ciudadanos en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos del país. Esto se estableció originalmente en la Ley 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad. Esta última ley fue derogada en 2012 por la ley 29973, que lleva el mismo nombre. En esta nueva ley se establecen provisiones mucho más detalladas acerca de la comunidad sorda peruana y sus derechos, entre ellos a la LSP.

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Educación

Las escuelas peruanas para sordos siguen, bien prácticas oralistas, bien bimodalismo (comunicación total). Según García Benavides (2002:17) no existían escuelas bilingües en el país, a la fecha de entrega de ese trabajo. En el Informe de la Federación Mundial de Sordos (WFD&SNAD 2008:58) la Asociación de Sordos del Perú declaraba que para el año 2008 sí existía en el país educación bilingüe para sordos en algunos niveles escolares. Los redactores del informe ponían entonces en duda la exactitud de esta información (cfr. WFD&SNAD 2008:59, Nota a la Tabla 7.8.4.1).

La legislación peruana establece que las personas sordas (al igual que todas las personas con discapacidad) tienen derecho a plazas en las universidades públicas (WFD&SNAD 2008:20, 62).

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Accesibilidad

Convención ONU:

Perú figura entre los primeros países en firmar (2007) y ratificar (2008) la Convención y su Protocolo (UN-Enable).

Disponibilidad de textos de lectura sencilla:

No tenemos información al respecto.

Disponibilidad de textos oficiales en lengua de señas:

No había a la fecha del último informe de la Federación Mundial de Sordos (WFD&SNAD 2008:55)

Medios accesibles:

Hay disponible una cantidad importante de servicios de subtitulado en la televisión pública del país, a partir de las 20:00 horas (cfr. WFD & NSAD 2008:54). A partir de las 15:00 horas, la televisión pública incluye servicios de interpretación a la LSP en su programación (cfr. WFD & NSAD 2008:54).

Intérpretes de LSM:

Según las Leyes 29535 (2010) y 29973 (2012), las entidades públicas y privadas que ofrezcan atención al público deben organizar un servicio de intérpretes de lengua de señas para facilitar la comparescencia de personas sordas con intérpretes certificados de su elección.

El CONADIS ha impartido en dos ocasiones cursos para la formación de intérpretes de personas sordociegas (leer noticia del CONADIS).

No contamos con información comprobable acerca de la existencia de programas de certificación o formación de intérpretes de LSP.

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Enlaces

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Fuentes de este artículo e información adicional

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Acerca de este artículo

Este artículo fue escrito por el Dr. Alejandro Oviedo para el deaf-atlas en Diciembre de 2013. El texto fue amablemente revisado por la Mag. Cecilia Silva Flores (Psicóloga, Docente y miembro de la comunidad sorda peruana).

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